El gobierno de Venezuela aumentó el valor de la Unidad Tributaria (UT) un 2000%, de 0,02 a 0,40 bolívares.
La resolución N° 2022 / 000023 del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) se publicó en la Gaceta Oficial N° 42.359, fechada el pasado 20 de abril, según lo refleja la cuenta de Twitter de José Javier García, socio legal y tributario de PwC Venezuela.
La norma define a los Sujetos Pasivos Especiales como aquellos que deben haber registrado ingresos por un mínimo de 30.000 unidades tributarias en el ejercicio fiscal precedente. Con el valor anterior, ese ingreso era equivalente a 600 bolívares, y ahora se eleva 12.000 bolívares, o 2.690 dólares al tipo de cambio oficial.
La base de agentes de percepción del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) a las transacciones con divisas o criptomonedas distintas al Petro no debería verse muy impactada.
No obstante, la Unidad Tributaria ha sido sustituida, en muchos casos, por valores indexados a tipos de cambio de monedas extranjeras o por el criptoactivo estatal Petro, como ocurrió con la Ley de Registros y Notarías.
De acuerdo con el texto de la norma, esta Unidad Tributaria solo podrá ser utilizada como «unidad de medida para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivadas de los servicios que prestan».
Para los tributos de liquidación anual aplicará el valor de la UT vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo, mientras que para los períodos distintos, el valor vigente será el de la UT en vigor al inicio del ejercicio gravado. Con información de Banca y Negocios.